1 / 3Terreno en Algeciras - El Rinconcillo
Algeciras - El Rinconcillo · Algeciras · CADIZ
Descripción
OPORTUNIDAD DE INVERSIÓN PARA PROMOTORES | TERRENO URBANO DE 980 m² EN EL RINCONCILLO, ALGECIRAS Presentamos una excelente oportunidad de inversión dirigida a promotores inmobiliarios y profesionales del sector de la construcción, en El Rinconcillo, una de las zonas más demandadas y atractivas de Algeciras. Se trata de un terreno urbano con una superficie aproximada de 980 m², que ofrece una interesante oportunidad para estudiar el desarrollo de una futura promoción de viviendas, orientada a un mercado residencial con atractivo potencial. Su ubicación constituye uno de sus principales valores diferenciales, al encontrarse en una zona consolidada y especialmente valorada por quienes buscan tranquilidad, calidad de vida y proximidad a los servicios esenciales. Asimismo, el entorno de El Rinconcillo destaca por su cercanía a la playa, un factor que refuerza el atractivo residencial de la zona. Por sus dimensiones y localización, esta parcela representa una opción interesante para promotores e inversores que deseen analizar un proyecto de nueva construcción, adaptado a las características del entorno y a la demanda inmobiliaria de la zona. Una oportunidad para estudiar el desarrollo de un proyecto inmobiliario con proyección, en una ubicación estratégica de Algeciras y con potencial para convertirse en una atractiva inversión. La viabilidad urbanística, la edificabilidad, el número de viviendas y las condiciones de desarrollo deberán verificarse conforme a la normativa urbanística vigente. Si eres promotor o inversor y buscas suelo para desarrollar tu próximo proyecto en Algeciras, contacta con nosotros para ampliar información sobre esta oportunidad. Operación sujeta a ITP, cuyo tipo general es del 7% respecto al precio de venta, pero que en casos especiales se puede ver reducido al 6% o 3,5% en virtud de lo dispuesto en el Ley 5/2021, de 20 de octubre, de Tributos Cedidos de la Comunidad Autónoma de Andalucía. - El comprador, en caso de que querer adquirir la vivienda a través de la agencia, deberá abonar a ésta unos honorarios que ascienden al 3,5% del precio de la compraventa, más IVA del 21% con un mínimo de 3.600€+IVA. - Los gastos aproximados de Notaría y Registro se cifran en unos 2.000€ (precio orientativo), el importe exacto dependerá del precio final de la compraventa, número de copias de la escritura, número de páginas de la escritura, complejidad, etc, en virtud de lo dispuesto en el Anexo I del Real Decreto 1426/1989, por el que se aprueba el arancel general de Notaría, y el Anexo I del Real Decreto 1427/1989, por el que se aprueba el arancel de los Registradores de la Propiedad. - En caso de necesidad de financiación bancaria para la compra, los gastos de la misma deberán ser obtenidos de la entidad bancaria que vaya a financiar la operación. - Se hace constar que la agencia efectúa una labor de intermediación, y que las condiciones finales de la compraventa quedan sujetas a la aceptación expresa de la parte vendedora y a la ulterior formalización del contrato. En cumplimiento de las obligaciones de información previstas en la Ley 10/2025, de 28 de diciembre, de servicios de atención a la clientela y transparencia, así como en la normativa sectorial vigente, se hace constar que el precio indicado no incluye los gastos e impuestos inherentes a la adquisición, los cuales se desglosan a continuación: • Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales (ITP): Se aplicará el tipo impositivo vigente en la Comunidad Autónoma de Andalucía (generalmente el 7% , sin perjuicio de tipos reducidos del 3,5% o 6% aplicables según las circunstancias personales del comprador o las características del inmueble). El impuesto se devenga sobre el Valor de Referencia de Catastro o el precio de venta, aquel que resulte superior. • Gastos de Notaría: Los honorarios notariales se calcularán conforme al arancel oficial regulado en el Anexo I, del Real Decreto 1426/1989, de 17 de noviembre, por el que se aprueba el arancel Notarial. (Cálculo aproximado: 1.500 €, de los que la parte vendedora abonará el coste de la Escritura matriz y la parte compradora, las copias). Más información: https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-1989-28111 • Gastos de Registro: La inscripción en el Registro de la Propiedad se facturará según el arancel oficial establecido en el ANEXO I, del Real Decreto 1427/1989, de 17 de noviembre, por el que se aprueba el arancel Notarial. Más información: https://www.boe.es/eli/es/rd/1989/11/17/1427 • Financiación externa: En el caso de necesitar financiación, sumarán los gastos de la Entidad financiera (Gestoría, tasación, seguros,…) • Honorarios Agencia del Vendedor: incluidos en el PVP. • Honorarios Agencia del comprador: La agencia informa que los honorarios ascenderán a un 4% + IVA, sobre el valor de compra. Para una información exhaustiva sobre el funcionamiento, tipos impositivos y bonificaciones del ITP en Andalucía: https://www.juntadeandalucia.es/organismos/economiahaciendayfondoseuropeos/areas/tributos-juego/tributos/paginas/impuestos-cedidos-transmisiones.html; La agencia dispone de documentación e información adicional relativa al inmueble, que podrá ser solicitada por el consumidor. A su vez, disponemos del Documento Informativo Abreviado de la propiedad (Según Decreto 218/2005, del 11 de Octubre) y de Seguro de Caución, para la protección del dinero entregado como señal para la Reserva de una vivienda.
Detalles
- Parcela
- 947 m²
- Regimen
- Libre
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